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Política de prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT)

Versión: 1.0
Fecha de entrada en vigor: 08/05/2025
Última actualización: 08/05/2025

Compromiso de Confía Digital con la Prevención de LAFT/PADM

En Confía Digital S.A.S., estamos comprometidos con la prevención de actividades ilícitas, como el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/PADM).

Aunque actualmente no estamos obligados por un régimen legal específico en esta materia, aplicamos esta política de forma voluntaria como parte de nuestras buenas prácticas corporativas, ética empresarial y alineación con estándares internacionales como los del GAFI. Este enfoque preventivo fortalece la integridad de nuestras operaciones y relaciones comerciales.

Como parte de nuestro compromiso con la ética y el cumplimiento, hemos implementado políticas rigurosas que guían nuestras operaciones y relaciones comerciales. A continuación, presentamos los principales principios que rigen nuestra política de prevención:

  1. Colaborar activamente en la lucha contra el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, conforme a la legislación nacional e internacional vigente y a los estándares establecidos por el GAFI.
  2. Aplicar un Enfoque Basado en Riesgo (EBR) para identificar, evaluar, administrar y mitigar los riesgos de LA/FT/PADM en sus operaciones, procesos internos y relaciones comerciales.
  3. Asignar y disponer de los recursos técnicos, humanos y financieros necesarios para implementar controles efectivos en la prevención del riesgo LA/FT.
  4. Monitorear y acatar las resoluciones emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, especialmente aquellas relacionadas con sanciones financieras dirigidas.
  5. Abstenerse de establecer relaciones contractuales, comerciales o institucionales con personas o entidades incluidas en listas restrictivas, vinculantes o de sanción internacional, como las de la ONU, OFAC o la UE.
  6. Aplicar mecanismos estrictos de debida diligencia (DDC) para la selección, vinculación, seguimiento y desvinculación de clientes, proveedores, aliados estratégicos, empleados y terceros, de acuerdo con los procedimientos internos vigentes.
  7. Realizar seguimiento continuo a las relaciones comerciales mediante procesos de monitoreo transaccional, revisión periódica de contrapartes y análisis de alertas.
  8. Incluir dentro de los programas de formación obligatoria, contenidos específicos sobre la prevención del LA/FT, promoviendo una cultura de ética, integridad y cumplimiento.
  9. Establecer canales internos seguros y confidenciales para la recepción de reportes o alertas relacionados con posibles señales de riesgo LA/FT.
  10. Designar funciones y responsabilidades claras en la implementación, vigilancia y mejora continua del Sistema de Prevención de LA/FT, incluyendo la figura del Oficial de Cumplimiento (si aplica).
  11. Garantizar que todos los colaboradores, contratistas, proveedores, clientes y demás partes interesadas, cumplan con esta política y con las disposiciones legales vigentes en materia de prevención de LA/FT.
  12. Revisar y actualizar periódicamente esta política, adaptándola a cambios normativos, nuevas amenazas, recomendaciones internacionales o ajustes en el mapa de riesgos de la organización.

Aplicabilidad y Canales de Reporte Confidenciales

Esta política aplica a todos los procesos, áreas, colaboradores, contratistas, proveedores, aliados estratégicos, clientes y demás partes interesadas que mantengan una relación comercial, contractual o institucional con Confía Digital S.A.S., sin excepción, en el marco de sus operaciones en Colombia y en el exterior.

Para fortalecer el compromiso con la transparencia y la prevención del LA/FT/PADM, Confía Digital pone a disposición los siguientes canales seguros y confidenciales para reportar señales de alerta, hechos irregulares o posibles casos asociados:

Estos mecanismos pueden ser utilizados de forma anónima o identificada y serán gestionados con absoluta confidencialidad por el Oficial de Cumplimiento. Las respuestas se emitirán en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, salvo casos que requieran mayor análisis.

El uso indebido de estos canales también podrá conllevar sanciones.

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